En esta segunda entrega presentamos el modo como actúan los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires frente a las deposiciones de las mascotas en la vía pública.

Los datos obtenidos sobre un total de 186 encuestados fueron los siguientes: 66 (35.5%) respondieron que sí, 54 (29%) que no y 66 (35.5%) no contestaron. Es necesario aclarar que esta pregunta fue contestada también por personas que no poseían mascotas, 126 (67.74%) tienen, 58 (31.18%) no tienen y 2 (1.08 %) no contestaron, lo que refuerza más aún que este es un tema de gran interés y preocupación para la comunidad.

 


Basta mirar el estado de las veredas y de las plazas para entender la realidad que reflejan los porcentajes obtenidos. Si tomamos los que respondieron en forma negativa y los que no respondieron, 120 (64,5%) en total, superan ampliamente a los que contestaron en forma afirmativa, 66 (35.5 %). El bajo porcentaje de cumplimiento de este deber ciudadano indica que hay que tomar algún tipo de medidas para que se recoja la materia fecal perruna, y también la felina, fundamentalmente en los areneros de plazas y colegios. ¿Pero cuáles son las más convenientes? Porque hasta ahora es muy poco lo que se ha hecho y la efectividad obtenida fue muy pobre.

La Ordenanza Nº 41831 obligaba a cada persona que paseara un perro a llevar una bolsa y una pala para recoger sus deposiciones, y fijaba una multa para quien no lo hiciera. La realidad nos indica que esta ordenanza nunca se pudo cumplir, ya que la simple aplicación de multas o sanciones para lo que las autoridades de turno consideran “faltas” es como siempre, poner el carro delante del caballo... La sanción por si sola, de alguna manera, es el fracaso de la educación, es ineficaz frente al hecho que quiere evitar y además genera conflictos y más descontento en la sociedad. Una vez después de haber implementado todos los mecanismos posibles para dar a conocer una norma se podría pensar en aplicar una sanción que sirviera para algo. Esperamos que algún día nuestros gobernantes entiendan que en problemas como este que afectan a la higiene pública y a la convivencia, la clave para solucionarlos pasa por la información y la educación.

A comienzos del año 1999 por intermedio del Decreto Nº 698 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires intenta generar un ámbito favorable para el cumplimiento de la Ordenanza Nº 41831, a fin de cómo ella misma dice: “iniciar un proceso paulatino de concientización de buenas costumbres y cultura urbana sobre la base de entendimiento de la responsabilidad personadle cada ciudadano como tenedor responsable de un animal”.

El primer paso para que entre en vigencia dicha ordenanza se produjo con la sanción de la Resolución Nº 1593 a partir de la cual se llamó a licitación para contratar un servicio de limpieza y recolección de deposiciones de animales en espacios públicos. Dicho servicio comenzó a funcionar en Febrero de este año, mediante la instalación de cestos con bolsas para recoger la materia fecal en parques y plazas, y de un sistema de motos – aspiradoras para limpiar la materia fecal que no fue recogida.

No podemos olvidarnos que el problema de la materia fecal no solamente vamos a responsabilizar a los dueños de mascotas, sino que además tenemos que considerar la gran cantidad de animales sueltos y abandonados en la calles, y otro punto conflictivo es el de los paseadores de perros, que son grandes generadores de materia fecal y de otros problemas de convivencia en la vía pública. Esto va a ser tema de próximas notas.

Hasta la próxima.






     

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